Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191220-166

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

166
Madrid número 40. Ejecución 34/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social nº 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 34/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. VIOREL GHEORGHE ROMAN frente a CONSTRUCCIONES Y REFORMAS COSTEL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado las siguientes resoluciones cuyas partes dispositivas tienen el tenor literal siguiente:

Diligencia:

Habiéndose recibido el anterior extracto de la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado por importe de 25 euros, únanse a los autos de su razón y póngase dicha cantidad a disposición de la parte actora, expidiéndose mandamiento a nombre de:

VIOREL GHEORGHE ROMAN en concepto de a cuenta del principal reclamado, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado al objeto de retirar la citada cantidad, o bien en plazo de 4 días manifieste un nº de cuenta donde poder transferir la cantidad.

El mandamiento podría retirarlo cualquier día hábil, de 9:00 a 14:00 horas, todo ello con la advertencia de que dicho mandamiento caducará automáticamente a los tres meses desde la fecha de su emisión, procediendo a su ingreso en el Tesoro Público.

Se hace contar que se reduce el principal de los presentes autos a la cantidad de 725,21 euros.

Decreto:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 725,21 euros de principal, 37,51 euros de intereses provisionales, y 75,02 euros de costas provisionales, se declara la insolvencia provisional parcial del ejecutado CONSTRUCCIONES Y REFORMAS COSTEL SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES Y REFORMAS COSTEL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.142/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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