Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191220-189

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 17

189
Valencia número 17. Procedimiento 568/2018

EDICTO

DOÑA CARMEN RAUSELL RAUSELL, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 17 DE LOS DE VALENCIA

HAGO SABER: Que en este Juzgado, con nº de CIF - S - 4600279 -F, se siguen autos Despidos/Ceses en general [DSP]-000568/2018 núm. 000568/2018 - PAT, a instancias de JUDIT PIQUER ESTEBAN contra WESTON HILL CAPITAL, S.L, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, SL, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, MAXDUELL GRAN SL, FONDO DE GARANTIA SALARIAL, ERNST AND YOUNG ABOGADOS, SL.P (ADM. CONCURSAL “DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S.L e ILEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.)) y WESTON HILL INVESTMENTS, S.L en la que el día 11/11/2019, se ha dictado Sentencia nº 356 / 2019, cuya parte dispositiva dice:

FALLO:

Con estimación de las demandas ejercitando acción resolutoria y despido por Dª. JUDIT PIQUER ESTEBAN contra las empresas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S.L., WESTON HILL CAPITAL S.L., WESTON HILL INVESTMENTS S.L., ERNST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P. en calidad de Administración concursal de la mercantil DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. y de I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S.L., en la persona de D. JESÚS BORJABAD GARCÍA y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido tácito con fecha de efectos 22 de junio de 2018, declarando la extinción de la relación laboral a instancias de la demandante por incumplimiento empresarial y debo condenar y condeno solidariamente a las empresas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA a abonar a la trabajadora demandante la cantidad de 11.252,50 euros en concepto de indemnización; y debo absolver y absuelvo a las restantes codemandadas WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S.L., WESTON HILL CAPITAL S.L., WESTON HILL INVESTMENTS S.L. de los pedimentos formulados de contrario, condenando a la Administración concursal de la mercantil DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. y de I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S.L., ERNST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P. a estar y pasar por la presente resolución.

Asimismo, con estimación parcial de la demanda sobre reclamación de cantidad presentada por Dª. JUDIT PIQUER ESTEBAN contra las empresas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S.L., WESTON HILL CAPITAL S.L., WESTON HILL INVESTMENTS S.L., ERNST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P. en calidad de Administración concursal de la mercantil DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. y de I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S.L., en la persona de D. JESÚS BORJABAD GARCÍA y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA a abonar a la demandante la cantidad de 8.183,54 euros en concepto de principal, más 818,35 euros en concepto de intereses moratorios; condenando a la Administración concursal de las empresas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L. y DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. a estar y pasar por la presente resolución; y debo absolver y absuelvo a las restantes codemandadas WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S.L., WESTON HILL CAPITAL S.L., WESTON HILL INVESTMENTS S.L. de los pedimentos formulados de contrario.

Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en la parte que legalmente le corresponda, para el caso de insolvencia de las empresas condenadas en la sentencia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su Abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado.

Al tiempo de interponerse el recurso, el recurrente que no gozare de justicia gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo, independiente o distinto de la consignación para recurrir, acreditativo del depósito de 300 euros, en cualquier oficina del SANTANDER en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la cuenta de expediente nº 3123/ 0000/ 65/ 0568/ 18. De hacer transferencia bancaría: IBAN: ES55-0049-3569-92-0005001274, Beneficiario: Juzgado de lo Social nº 17 de Valencia Observaciones o concepto de la transferencia: 3123/ 0000/ 65/ 0568/ 18.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a WESTON HILL CAPITAL, S.L, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, WESTON HILL INVESTMENTS, S.L Y MAXDUELL GRAN SL, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID, expido el presente en Valencia, a diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/A LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/39.509/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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