Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2019

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191220-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Quijorna. Régimen económico. Ordenanza incremento valor terrenos

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Quijorna, de fecha 17 de octubre de 2019, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal número 15 reguladora del Impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (artículo 10 y disposición final), cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

“Artículo 10. Cuota tributaria.—La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen del 25 por 100.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación de la presente ordenanza fiscal número 15 reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana surtirá efectos desde su completa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y con efectos de 1 de enero de 2020, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación”.

Recursos: contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Quijorna, a 18 de diciembre de 2019.—El alcalde, Juan Carlos Pérez Carrasco.

(03/42.014/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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