Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2019

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191223-57

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

57
Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 958/2017

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 04 de lo Social.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 958/2017 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de INSS frente MATADERO MADRID NORTE SA Y OTROS sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES

En Madrid, a veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve

Visto que se han devuelto por la Sala de lo Social -Cuarta- del Tribunal Supremo las actuaciones en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Tribunal, se dispone:

a) que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a las partes no personadas ante la misma.

b) que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta;

c) que, de conformidad con lo que establece el artículo 201.2 de la LRJS, se remitan las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen con certificación de la sentencia dictada por esta Sala y de la resolución de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.

d) que, una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación dejando la debida nota en los Libros de esta Sala.

Transfiérase al Tesoro Público la cantidad de 600 euros ingresados en la cuenta de esta Sala por MATADERO MADRID NORTE S.A., correspondientes al depósito legal necesario para interponer Recurso de Casación para Unificación de Doctrina, una vez firme la presente resolución.

Requiérase a la parte demandada MATADERO MADRID NORTE S.A. para que proceda a dar cumplimiento a la sentencia dictada por esta Sala, de fecha 12-07-2018, la cual ha sido declarada firme mediante Auto del Tribunal Supremo de 12-09-2019, procediendo a abonar al Letrado impugnante la cantidad de 800 euros, bien directamente, o por ingreso en la cuenta de esta Sección en el plazo de cinco dias.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.”

Así como la resolución dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo:

“PARTE DISPOSITIVA

La sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el procurador D. Gustavo Gómez Molero, en nombre y representación de Matadero Madrid Norte SA contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 12 de julio de 2018, en el recurso de suplicación nº 958/17, interpuesto por Matadero Madrid-Norte SA frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 10 de los de Madrid de fecha 7 de julio de 2017, en el procedimiento nº 1041/15 seguido a instancia de la Tesorería General de la Seguridad Social contra Matadero Madrid-Norte S.A. y Tratamiento Cárnicos Talavera SL, D. Néctor Morales Sevillano, D. Cristinel Petre Olteanu, D. Emilio Muñoz García, D. Federico José González Dávila, D. Antonio José Finoquio Peña, D. Juan Matesanz López, D. Luis Duarte de Daza, D. Abel Alexander Tejeda Meléndez, D. Raffy Duarte de Aza, D. Jesús Matesanz López, D. Gabriel Buzle, D. Andrei Rus, D. Daniar Chiamil, D. Ciprian Buzle, D. Gheorge Dume, D. Ionut Timofan, D. Ioan Pascalau, D. Radu Emil Beldean, D. Laszlo Holmagyi, D. Dorel Kiss, D. Andrei Boitar, D. Nicolae Boitar, D. Alexandru Bosneac, D. Catalin Carare, D. Petre Ion, D. Marius Ion, D. Daniel Kincza, D. Rodrigo Ludeña Ruiz, D. Alexandre Petuma Ramirez, D. Florin Codreanu, D. Jorge Martín García y D. Julio César Sánchez de los Santos, sobre materias laborales individuales.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la recurrente por un importe de 300 euros más IVA en favor de cada recurrida personada, y pérdida del depósito constituido para recurrir, dándose, en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prestados el destino que corresponda.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a IOAN PASCALAU, D. RADU EMIL BLEDEAU, D. LASZLO HOMAGYI, D. ANDREI LUCIAN BOITAR, D. ALEXANDER CALIN BOSNEAC y D. FLORIN CODERANU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.731/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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