Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2019

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191226-10

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

10
ORDEN 3609/2019, de 12 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se convoca el puesto de Director/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital para su provisión por el sistema de Libre Designación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 102 y 103, establece la formación permanente del profesorado como un derecho y un deber de los profesores y de todos los profesionales de la educación, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. El Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, en el artículo 14 señala, entre sus competencias, el diseño y desarrollo de las actividades de formación permanente y actualización del profesorado, la gestión de las actividades formativas de la red de centros de formación y de los recursos necesarios para ello, así como la propuesta del personal asesor docente que deba adscribirse a los centros de formación del profesorado. El Decreto 73/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid dispone que el director de los Centros Territoriales de Innovación y Formación será un funcionario de carrera, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas anteriores a la Universidad y pertenecientes al subgrupo A1. Asimismo, será nombrado mediante convocatoria pública para provisión de puestos de Libre Designación.

En virtud de las atribuciones contenidas en el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud de acuerdo con el Decreto 73/2008, de 3 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, así como con la Orden 3890/2008, de 31 de julio, por la que se desarrolla el citado Decreto, se ha dispuesto publicar la presente convocatoria pública por el sistema de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, por lo que

DISPONGO

Primero

Objeto

Se aprueba convocatoria pública para la provisión del puesto de trabajo de Director/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital mediante el sistema de Libre Designación.

Segundo

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo, por las disposiciones siguientes:

— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

— Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación.

— Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

— Decreto 73/2008, de 3 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Orden 3890/2008, de 31 de julio, por la que se desarrolla el Decreto 73/2008, de 3 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud.

— Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, especialmente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

Tercero

Requisitos

Podrán optar a la plaza de director/a del Centro Territorial de Innovación y Formación aquellos funcionarios de carrera, en situación de servicio activo, pertenecientes a alguno de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas anteriores a la Universidad del Grupo A1 en la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Solicitud

1. La solicitud se formulará de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto; corrección de errores, 10 de septiembre de 1998).

2. La solicitud deberá ir acompañada de un historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa (copia) de los méritos que se consideren procedentes a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto. En el historial académico-profesional se hará constar la siguiente información:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada y especialmente los relacionados con el perfil al que se opte.

c) Estudios y cursos realizados y conocimiento de idiomas.

d) Otras actividades relacionadas con el perfil del puesto.

Quinto

Presentación y plazo

1. Dado que todos los candidatos tienen la consideración de empleados públicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, realizarán la presentación de la solicitud a través de medios electrónicos.

Las solicitudes de participación se cumplimentarán por medios electrónicos, rellenando la solicitud que se incluye en el portal www.comunidad.madrid (https://bit.ly/2XuWvVc).

Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

2. El plazo de presentación de solicitud y documentación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Procedimiento de selección

Se valorará el historial académico y profesional y la documentación acreditativa aportada, que demuestre que el candidato cumple el perfil solicitado en el Anexo I, así como la capacidad de liderar equipos, organizar, orientar y dar respuestas innovadoras a las necesidades formativas del profesorado.

Séptimo

Comisión de selección

Para la selección del candidato o candidata se constituirá una Comisión de Selección nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos, a propuesta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, cuyo presidente será designado por la Directora General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza. Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Comisión de Selección valorará los currículos y méritos alegados, proponiendo a la Dirección General de Recursos Humanos el candidato o candidata seleccionados, así como su adscripción al correspondiente puesto, a los efectos oportunos.

Octavo

Entrada en vigor

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Noveno

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Educación y Juventud, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de diciembre de 2019.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

ANEXO I

Denominación: Director/a.

Localización: Centros Territoriales de Innovación y Formación Madrid Capital.

Requisitos:

— Ser funcionario/a de carrera, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas anteriores a la Universidad del Grupo A1 en la Comunidad de Madrid.

Méritos:

— Experiencia en planificación, diseño, coordinación, seguimiento y evaluación de planes de formación de un centro de la red de formación de profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Experiencia en liderar y gestionar equipos de trabajo fomentando la colaboración, la iniciativa personal y capacidad emprendedora, con flexibilidad y capacidad de adaptación.

— Experiencia en el uso de las tecnologías en las áreas de información, comunicación, creación de contenido, seguridad y resolución de problemas mediante herramientas informáticas. Experiencia a la hora de manejar plataformas en línea y trabajar colaborativamente en red.

— Conocimiento de la normativa sobre formación del profesorado y así mismo de la red de formación del profesorado y su funcionamiento

— Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación educativa.

— Experiencia y conocimiento en la organización, así como gestión administrativa, económica y académica de centros educativos.

— Estar en posesión de otras titulaciones universitarias.

— Conocimiento de idiomas acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

(03/41.703/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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