Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2019

Sección 1.2.108.94: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191227-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE FUENLABRADA

12
RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2019, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Fuenlabrada por la que se hace pública la información de las plazas y de los procesos selectivos a convocar en el período 2019-2021.

La Dirección-Gerencia de la Empresa Pública Hospital Universitario de Fuenlabrada, en uso de las funciones que le reconocen los apartados a) y g) del artículo 15 de los Estatutos aprobados por Decreto 196/2002, de 26 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 12, de 15 de enero de 2003), informa que el Hospital Universitario de Fuenlabrada convocará, en el período 2019-2021, los procesos selectivos correspondientes para la cobertura como personal laboral fijo por acceso libre y acceso restringido por promoción interna de 23 plazas aprobadas por la Consejería de Hacienda y Función Pública, correspondientes a la tasa de reposición, al amparo de lo establecido en la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

Los procesos de selección se convocarán de conformidad con cuanto establecen los artículos 34 de los Estatutos aprobados por Decreto 196/2002, de 26 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 12, de 15 de enero de 2003), y el 25 y siguientes del Convenio Colectivo de la Empresa Pública Hospital Universitario de Fuenlabrada.

Se convocarán plazas correspondientes a los siguientes grupos y categorías profesionales:

Del total de las plazas ofertadas se reservará al menos un 7 por 100 de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. La reserva del mínimo del 7 por 100 se realizará de manera que el 2 por 100 de las plazas ofertadas sean cubiertas por aquellas personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas, para cualquier otro tipo de discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas.

Las condiciones laborales y retributivas de las categorías convocadas serán las establecidas en el Convenio Colectivo del Hospital Universitario de Fuenlabrada y en la normativa aplicable.

El acceso a estos puestos de trabajo se realizará mediante procedimientos públicos que se regirán por los principios de libre concurrencia, publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad.

En cuanto a la regulación del propio procedimiento, se estará a lo establecido en las convocatorias y en las bases generales y específicas que regirán los procesos selectivos, que serán publicadas en la página web del Hospital Universitario de Fuenlabrada (www.hospital defuenlabrada.org).

Todo cuanto se resuelve para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Fuenlabrada, a 20 de diciembre de 2019.—La Directora de Recursos Humanos, Directora-Gerente suplente (Orden 1100/2019 del Consejero de Sanidad de 9 de octubre de 2019), del Hospital Universitario de Fuenlabrada, Gema Sarmiento Beltrán.

(03/42.513/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.94: I. COMUNIDAD DE MADRID

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