Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2019

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191227-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

19
RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 5 de diciembre de 2019, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2020.

El BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de diciembre de 2019 publicó la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 5 de diciembre de 2019, por la que se declaraban las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2020.

Con posterioridad a dicha publicación, el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa ha aportado a esta Dirección General de Trabajo la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de las fechas de las fiestas locales de ese municipio para el año 2020.

Por tanto, vista la documentación aportada al efecto por el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa y en concordancia con las competencias atribuidas por el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, y con el Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, esta Dirección General de Trabajo

DISPONE

Modificar la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 5 de diciembre de 2019, por la que se declaraban las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2020 y establecer para el municipio de Los Santos de la Humosa las siguientes fiestas laborales:

Los Santos de la Humosa: 15 de mayo y 8 de septiembre.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2019.—La Directora General de Trabajo, María de Mingo Corral.

(03/42.543/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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