Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200102-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

URBANISMO

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Ciempozuelos. Urbanismo. Plan General

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial del Ayuntamiento de Ciempozuelos de fecha 28 de octubre de 2019, sobre aprobación de un criterio aclaratorio de aplicación de los artículos 4.2.1 y 4.2.2 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ciempozuelos, cuyo tenor literal es el siguiente:

— La implantación de los usos complementarios en el suelo urbano del municipio de Ciempozuelos no podrá superar el 40 por 100 de la edificabilidad del uso principal o característico referido al área homogénea en la que se implanten los citados usos.

En relación al suelo urbanizable se propone qué implantación de los usos complementarios en el suelo urbanizable del municipio de Ciempozuelos no podrá superar el 40 por 100 de la edificabilidad del uso principal o característico referido al sector en el que se implanten los citados usos.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Ciempozuelos, a 16 de diciembre de 2019.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(03/41.790/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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