Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200102-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21

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Madrid número 21. Procedimiento 442/2017

EDICTO

Don Ángel Ramón Jiménez del Olmo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 21.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 442/2017, instados por don Luis Serrano Pérez, contra don Francisco Javier Villarejo Ares, en los que se ha dictado, en fecha 15 de noviembre de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 175/2019

Madrid, a 15 de noviembre de 2019.—La magistrada-juez, M.a Carmen Pérez Elena.

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Ana de la Corte Macías, en nombre y representación de don Luis Serrano Pérez (que actúa como representante de su hija doña María Serrano Rodríguez), contra don Francisco Javier Villarejo Ares, debo condenar a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 1.346,57 euros, más intereses legales y costas del procedimiento.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la LEC).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Francisco Javier Villarejo Ares y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaria de este Tribunal.

Madrid, 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/40.206/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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