Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200102-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

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Madrid número 28. Procedimiento 853/2018

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Exequátur número 853 de 2018, instados por el procurador don Miguel Ángel García de Gracia, en nombre y representación de doña XXX, contra don Miguel Antonio Molina Zerpa, en los que se ha dictado, en fecha 17 de septiembre de 2019, auto cuyo encabezado y parte dispositiva es la siguiente:

Auto número 344 de 2019

Madrid, a 17 de septiembre de 2019.—La magistrada-juez que lo dicta doña Emilia Marta Sánchez Alonso.

Parte dispositiva:

Se estima la demanda de reconocimiento de sentencia de divorcio presentada por el procurador señor García de Gracia, en nombre y representación de doña XXX frente a don Miguel Antonio Molina Zerpa, debo declarar y declaro reconocida, válida y ejecutable en España, la sentencia de divorcio de 9 de junio de 2005, dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado de Miranda, con sede en Teques (Venezuela).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Miguel Antonio Molina Zerpa, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.371/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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