Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200102-86

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

86
Madrid número 7. Procedimiento 557/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 557/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MANUEL JURADO FERNANDEZ frente a INSTRUCCIONES INNOVA SL y D./Dña. FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.º 435/2019

En Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve.

Vistos por la Ilma. Sra. D.ª Ana M.ª Sánchez Macías, Magistrada-Juez, en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social n.º 7 de los de Madrid, los presentes autos n.º 557/2019, seguidos a instancia de D. MANUEL JURADO FERNÁNDEZ, asistido por el Letrado D. Francisco Javier Menéndez Pérez, contra INSTRUCCIONES INNOVA, S.L., con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, que no comparecen, sobre despido y reclamación de cantidad.

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Manuel Jurado Fernández contra Instrucciones Innova, S.L.:

1.- Declaro improcedente el despido de D. Manuel Jurado Fernández, así como extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la fecha de esta resolución.

2.- Condeno a Instrucciones Innova, S.L., a abonar a D. Manuel Jurado Fernández las siguientes cantidades:

- 1.876,47 euros en concepto de indemnización por despido.

- 11.551,38 euros por salarios de tramitación.

- 2.155,61 euros en concepto de retribuciones adeudadas por la empresa, más el 10% de interés por mora.

MODO IMPUGNACION: Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación, designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar en la cuenta de depósito y consignaciones judiciales la cantidad de 300 euros -con n.º 2505-0000-61-0557-19- del BANCO DE SANTANDER-, aportando el resguardo acreditativo, aportando resguardo acreditativo (arts. 194 y 229 LRJS).

Por esta sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

LA MAGISTRADA-JUEZ

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia, por la Magistrada-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INSTRUCCIONES INNOVA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/40.352/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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