Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200108-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

50
Madrid número 85. Procedimiento 634/2018

EDICTO

DOÑA MARÍA GRACIA FERNÁNDEZ MORÁN, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia núm. 85.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso núm. 634/2018 instados por Procurador DON SILVINO GONZÁLEZ MORENO en nombre y representación de DOÑA MIRELLA TATIANA HERRERA CHICA contra DON SANTOS SANTA CUEVAS en reclamación de divorcio contencioso, en los que se ha dictado en fecha 23/9/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el Procurador DON SILVINO GONZÁLEZ MORENO, en nombre y representación de DOÑA MIRELLA TATIANA HERRERA CHICA frente a DON SANTOS SANTA CUEVAS en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges DON SANTOS SANTA CUEVAS y DOÑA MIERELLA TATIANA HERRERA CHICA celebrado el día 12 de marzo de 2010 en Palma de Mallorca con los efectos legales inherentes a tal situación, acordando las SIGUIENTES MEDIDAS:

1.º La atribución de la guardia y custodia de los hijos menores comunes a la madre DOÑA MIRELLA TATIANA HERRERA CHICA, así como el ejercicio de la patria potestad.

2.º No ha lugar a fijar régimen de visitas de los menores con su padre.

3.º Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos de los hijos.

A la vista de la rebeldía del demandado notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el art. 500 de la LEC.

Contra esta sentencia cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente.

Firme que sea esta resolución, líbrese testimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de sentencias.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado DON SANTOS SANTA CUEVAS y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/42.488/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200108-50