Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200116-37

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

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Madrid número 75. Procedimiento 288/2019

EDICTO

Doña María Jesús Carasusan Albizu, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 288/2019, instados por la procuradora doña María de los Ángeles Almansa Ruiz, en nombre y representación de don Abel Fernando Alzamora Cruzado, contra doña Nancy de Jesús Trujillo, sobre divorcio contencioso.

Se ha dictado sentencia número 454/2019, en fecha 12 de diciembre de 2019, contra la que se puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación, en el número de cuenta 2102-0000-02-0288-19, que este Juzgado tiene abierta en Banco Santander, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Si el ingreso se efectuare por transferencia deberá, además, hacer constar el siguiente IBAN: ES55 0049 3569 9200 0500 1274, haciendo constar en el campo “conceptos y observaciones” los siguientes dígitos 2102-0000-02-0288-19.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña Nancy de Jesús Trujillo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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