Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200117-139

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

139
Madrid número 32. Procedimiento 569/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. José Antonio Rincón Mora letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 569/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ESTHER DOMINGUEZ PUIGMARTI frente a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

COMPARECENCIA.- En Madrid, a doce de diciembre de dos mil diecinueve

Ante mi el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, comparece en fecha 12 de diciembre de 2019 D./Dña. MARIA ESTHER DOMINGUEZ PUIGMARTI con DNI 37325662-C y asistida por la letrada DOÑA AROA FERNANDEZ GALVEZ con nº de colegiado 79584 manifestando su intención de desistir de la demanda. Doy fe.

NÚMERO RESOLUCIÓN: 883/2019

DECRETO

En Madrid, a doce de diciembre de dos mil diecinueve.

HECHOS

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por D./Dña. MARIA ESTHER DOMINGUEZ PUIGMARTI, figurando como parte demandada GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL, sobre Despido, habiéndose citado a las partes.

SEGUNDO.- Que por la parte demandante ha manifestado que desiste de su demanda.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- El desistimiento por parte del actor o actores, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante, que produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (articulo 20.2 L.E.C.)

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. MARIA ESTHER DOMINGUEZ PUIGMARTI de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2805-0000-61-0569-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCÓN MORA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.193/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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