Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200117-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

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Madrid número 84. Procedimiento 785/2016

EDICTO

Doña Ana Isabel García García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 84.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 785/2016, instados por la procuradora doña Isabel Cañedo Vega en nombre y representación de comunidad de propietarios de la calle Moratín, número 40, contra herencia yacente de doña María Rafaela Catalán Córdoba o sus posibles herederos, en cuyos autos se ha dictado en fecha 31 de julio de 2019 sentencia cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 170/2019

La magistrada-juez doña María del Carmen Fernández Luis.—En Madrid, a 31 de julio de 2019.

Vistos por mí, María del Carmen Fernández Luis, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante este Juzgado con el número 785 de 2016, promovidos a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Moratín, número 40, de Madrid, representada por la procuradora señora Cañedo Vega y asistida de la letrada señora de las Casas Cañedo, frente a la herencia yacente de doña María Rafaela Catalán Córdoba (o sus posibles herederos), en situación procesal de rebeldía, y en virtud del siguiente

Fallo

Estimo la demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle Moratín, número 40, de Madrid, contra la herencia yacente de doña María Rafaela Catalán Córdoba (o sus posibles herederos), y, en consecuencia, condeno a la herencia yacente de doña María Rafaela Catalán Córdoba a abonar a la actora la cantidad de 1.954,24 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde el 12 de julio de 2016, incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia. Todo ello, con expresa condena en costas, de lo que responderá la herencia yacente de doña María Rafaela Catalán Córdoba.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme al no ser susceptible de recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.—La ilustrísima señora doña María del Carmen Fernández Luis, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 84, de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada herencia yacente de doña María Rafaela Catalán Córdoba o sus posibles herederos, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.321/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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