Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200120-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

139
Madrid número 40. Procedimiento 933/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña MERCEDES LLOPIS LUCAS, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 933/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EDGAR VICENTE HURTADO ATAHUA frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, ASEGURANZA INSTALACIONES Y SERVICIOS SL y IBERMUTUA sobre Impugnación de altas médicas se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:

Estimo la demanda interpuesta por D. EDGAR HURTADO ATAHUA contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA IBERMUTUA y la empresa INSTALACIONES Y SERVICIOS SL, y declaro no ajustada a derecho el alta médica emitida por el INSS en fecha 19 de julio de 2019, y reconociendo el derecho del demandante a permanecer en situación de Incapacidad temporal hasta que concurra causa de extinción, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra no cabe interponer recurso alguno en virtud de lo establecido en el art. 140.2 c) de la LRJS

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ASEGURANZA INSTALACIONES Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.464/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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