Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2020

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200120-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

141
Madrid número 41. Procedimiento 1258/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1258/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARTIN JOHAN SEGURA LOPEZ frente a MIN. FISCAL y ESCOR 2020 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Dada cuenta, por presentada la anterior demanda, fórmese el oportuno expediente, y deduciéndose de su contenido que pudiera existir una incompetencia de este órgano jurisdiccional por razón de territorio, pudiendo corresponder el conocimiento de la pretensión ejercitada a los Juzgados de lo Social de Málaga, dese audiencia a las partes y al Ministerio Fiscal, de conformidad con lo previsto en el Art. 5. 1 y 3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con traslado de copia de la demanda y demás documentos, por plazo común de TRES DÍAS, a fin de que puedan efectuar las oportunas alegaciones y emitir el informe correspondiente.

Cumplimentado que sea o transcurrido el plazo, dese cuenta para resolver lo que proceda.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 5052-0000-00-1258-19.

Lo manda y firma S.Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCOR 2020 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la de la provincia de Málaga.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.397/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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