Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200120-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

148
Móstoles número 1. Procedimiento 152/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 152/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON DANIEL CASTILLO MORENO frente a SEHOSCOL DÍAZ, S. L., sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Móstoles, a ocho de octubre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.—El día 24 de enero de 2019 se dictó la sentencia número 14/2019 por este Juzgado en los autos número 152/2018, no detallándose en el fallo párrafo primero y segundo el importe de la indemnización por despido improcedente y el importe del salario de trámite.

FUNDAMENTO DE DERECHO

ÚNICO.—Del examen de la sentencia número 14/2019 de 24 de enero se aprecia que existe un error material en el fallo, por lo que al amparo del artículo 214 de la LEC procede rectificar el párrafo primero y segundo para especificar el importe de la indemnización por despido improcedente y el importe del salario de trámite.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo de oficio rectificar el párrafo primero y segundo del fallo, debiendo tener la siguiente redacción:

“ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por don Daniel Castillo Moreno contra Sehoscol Díaz, S. L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO de la actora, CONDENANDO a Sehoscol Díaz, S. L., a que opte en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia mediante escrito o comparecencia ante la Oficina del Juzgado entre la readmisión del actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o abonarle la indemnización de 203, 76 euros.

En el caso de que Sehoscol Díaz, S. L., optase por la readmisión de don Daniel Castillo Moreno deberá abonarle los salarios de tramitación desde el día 30 de diciembre de 2017 hasta la notificación de la presente sentencia a razón de 37,05 euros diarios.

Notifíquese la presente resolución judicial a las partes advirtiéndolas que contra la misma no cabe interponer recurso alguno sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada el día 24 de enero de 2019.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

PUBLICACIÓN.—Dada, leída y publicada fue la anterior resolución judicial por don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles y de su partido judicial, estando celebrando audiencia pública en el lugar y fecha indicados. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SEHOSCOL DÍAZ, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.465/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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