Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2020

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200120-5

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

5
RESOLUCIÓN conjunta de 20 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de promoción interna para acceder al Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, convocado por Orden 1205/2017, de 26 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, y se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos.

Por Acuerdo de 2 de diciembre de 2019, del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, convocadas por Orden 1205/2017, de 26 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de abril), se procedió a publicar, mediante la exposición en los correspondientes tablones de anuncios, la relación definitiva de aspirantes que han superado las citadas pruebas selectivas.

De conformidad con lo dispuesto en las bases novena y décima de la Orden anteriormente señalada, una vez remitida, por el Tribunal Calificador de las reseñadas pruebas selectivas, la relación definitiva de aspirantes aprobados/as en el referido proceso selectivo, se ha de dictar la correspondiente Resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellos/as a la acreditación, en los términos previstos en la citada Resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la expresada Orden de convocatoria.

Asimismo, atendiendo a la posibilidad de que los/as aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, puedan optar entre permanecer en el mismo puesto de trabajo que vinieran desempeñando o efectuar petición de destinos de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el indicado proceso y según la relación de puestos de trabajo que les sean ofertados, se considera preciso mediante la presente Resolución articular el procedimiento conducente a la adjudicación de destinos.

En virtud de lo expuesto, la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Función Pública, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9.1.p) y 11.g) del Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública,

RESUELVEN

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo los/las aspirantes incluidos/as en la relación que se incorpora como Anexo de la presente Resolución.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionarios/as de carrera del Cuerpo y Escala de referencia, los/las aspirantes seleccionados/as dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica seguidamente, exigida por la base 10.1 de la aludida Orden 1205/2017, de 26 de abril, y que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública (plaza de Chamberí, número 8, primera planta, 28010 Madrid), todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad.

B) Copia del título de Arquitecto o del título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de la profesión de Arquitecto o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación en la materia.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

D) En su caso, y en atención a lo dispuesto en el apartado cuarto de la presente Resolución, petición de destinos de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, a cuyos efectos, los/las aspirantes aprobados/as, en el mismo plazo contemplado en este apartado segundo, podrán personarse ante la citada Dirección General de Recursos Humanos a fin de que les sea proporcionada dicha relación, sin perjuicio de que ésta se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/arquitectos-....

Los modelos con objeto de cumplimentar la declaración jurada o promesa indicada en la letra C) y la solicitud de destino/s prevista en la letra D), serán facilitados por la ya reiterada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquéllos a través del enlace “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-fun...”, y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo si el/la interesado/a se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando el/la aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate, exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).

3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan a continuación:

— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, al que podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid o desde la página web “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/arquitectos-...”, y adjuntándose a aquél la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Hacienda y Función Pública, o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, los/las interesados/as podrán presentar el formulario que hayan impreso y firmado tras su cumplimentación, junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas determinados en el artículo 16.4 de la indicada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

— Asimismo, los/las aspirantes podrán comparecer presencialmente en la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública (plaza de Chamberí, número 8, primera planta, 28010 Madrid), para efectuar la entrega del citado modelo y de la documentación mencionada.

Tercero

De acuerdo con lo expresado en la base 10.4 de la señalada Orden 1205/2017, de 26 de abril, a efectos de la acreditación del cumplimiento de los requisitos contemplados en las bases 2.1.d) y 2.1.e) de dicha Orden, la Secretaría General Técnica o Subdirección General/Servicio de Personal de la Consejería, Organismo o Ente que resulte procedente, aportará de oficio al procedimiento la certificación correspondiente a tal objeto.

Cuarto

1. El personal laboral fijo que haya superado el proceso selectivo, podrá optar por permanecer en el mismo puesto de trabajo que viniera desempeñando, en cuyo caso deberán presentar escrito, debidamente firmado, en el que manifiesten expresamente dicha opción, que tendrá carácter vinculante e irrenunciable.

El citado escrito deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública y presentarse en el plazo y a través de cualquiera de las modalidades indicadas en el apartado segundo de la presente Resolución, junto con el resto de la documentación señalada en dicho apartado.

Los puestos de trabajo de aquellos/as aspirantes que hayan optado por permanecer en el puesto de trabajo que estén ocupando, ya sea con carácter definitivo o provisional, pasarán a ser, tras las modificaciones de la plantilla presupuestaría y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias, puestos de naturaleza funcionarial, con un nivel de complemento de destino 24 y un complemento específico anual de 8.355,84 euros.

2. Por el contrario, aquellos/as aspirantes cuya opción sea no permanecer en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando, deberán efectuar petición de destinos en los términos establecidos en el apartado segundo de la presente Resolución.

3. Tanto los puestos de trabajo del personal laboral que haya optado por permanecer en su puesto de trabajo, como aquellos cuyos ocupantes hayan realizado petición de destinos, que se encuentren incluidos en un catálogo de puestos de trabajo susceptibles de funcionarización, no se incorporarán a las plazas que conformen las convocatorias de promoción interna cruzada horizontal previstas en la disposición transitoria segunda de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Quinto

De conformidad con lo dispuesto en la base 10.5 de la reseñada Orden de convocatoria, aquellos/as aspirantes aprobados/as que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Sexto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de diciembre de 2019.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/770/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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