Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200120-63

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

63
Madrid número 5. Procedimiento 554/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María José Villagrán Moriana letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 554/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ISAAC SORKIN ESCAMILIA y D./Dña. MIGUEL ANDRES MERCADO VASQUEZ frente a DYF GRAN VIA LCB, SL y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 513/19

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD siendo partes en los mismos, de una como demandantes D. ISAAC SORKIN ESCAMILIA y D. MIGUEL ANDRÉS MERCADO VASQUEZ representados por la Letrada Dª María Elena Sanz Vega y de otra, como demandada DYF GRAN VÍA LCB SL que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTIA SALARIAL que no comparece.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. ISAAC SORKIN ESCAMILIA y D. MIGUEL ANDRÉS MERCADO VASQUEZ contra DYF GRAN VÍA LCB SL, con citación del FONDO DE GARANTIA SALARIAL debo condenar a la empresa a que abone a los trabajadores:

D. ISAAC SORKIN ESCAMILIA.- 1.394,64 euros.

D. MIGUEL ANDRÉS MERCADO VASQUEZ.- 3.353,51 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 300 EUROS en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO DE SANTANDER, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DYF GRAN VIA LCB, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.388/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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