Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200127-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL OLMO

CONTRATACIÓN

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Villar del Olmo. Contratación. Mesa contratación

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de creación de Mesa de Contratación Permanente del órgano de contratación de Alcaldía Villar del Olmo y designación de sus miembros, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la alcaldesa-presidenta dictó resolución con el siguiente contenido:

Primero.—Crear una Mesa de Contratación Permanente como órgano de asistencia al órgano de contratación Alcaldía Villar del Olmo y designar a los miembros de la misma:

— Don Francisco González Lahera, que actuará como presidente de la Mesa. Suplente: Carlos Martínez Carmona.

— Don Javier Duran Boo (secretario-interventor de la Corporación), vocal.

— Doña Natalia de Tena García, vocal.

— Doña Natalia Gutiérrez Sánchez, vocal.

— Don Gonzalo Palacio Sánchez, que actuará como secretario de la Mesa.

Segundo.—Comunicar a los miembros designados su nombramiento como miembros de la Mesa de Contratación Permanente.

Tercero.—Publicar su composición en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Villar del Olmo, a 14 de enero de 2020.

(03/1.254/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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