Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200128-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOZOYA

URBANISMO

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Lozoya. Urbanismo. Modificación puntual normas subsidiarias

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 13 de diciembre de 2019, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar inicialmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias para definición de usos en suelo urbano, que consta de Memoria, Normas, Planeamiento vigente afectado, Planeamiento modificado e informe de impacto de género, así como Documento Ambiental Estratégico Simplificado.

Segundo.—Someter la citada documentación a información pública por plazo de un mes en la forma y condiciones que propicien una mayor participación efectiva de los titulares de derechos afectados y de los ciudadanos en general, en todo caso mediante publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Simultáneamente requerir de los organismos y entidades públicas que proceda, la emisión de los informes preceptivos, en el mismo plazo de la información pública, así como de aquellos que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios.

Cuarto.—Remitir el documento completo de la Modificación Puntual junto con el Documento Ambiental Estratégico, a la Consejería competente en materia de Medio”.

Durante el plazo señalado, de un mes, se podrá examinar el expediente en las oficinas de la Secretaría Municipal de este Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de 10.00 a 14.00 y formular las alegaciones que se consideren oportunas. Asimismo, el expediente puede examinarse en la dirección web www.lozoya.es

Lozoya, a 16 de diciembre de 2019.—El alcalde, Carlos Ruiz González.

(03/1.281/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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