Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2020

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200203-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ACUERDO de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por el que se abre período de información pública del Plan de Restauración correspondiente a la prórroga de la concesión de explotación de recursos de la Sección C) Caliza, denominada “Valdecubillos”, número 2838-011, situada en los términos municipales de Campo Real, Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña (Madrid), cuyo titular es Cantera El Hoyón, S. A.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas acuerda abrir un período de información pública de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido e en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder al plan de restauración correspondiente a la prórroga de la concesión de explotación de recursos de la Sección C) Caliza, denominada “Valdecubillos”, número 2838-011, situada en los términos municipales de Campo Real, Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña (Madrid), cuyo titular es Cantera El Hoyón, S. A., y al informe previo de la autoridad ambiental competente.

De conformidad con los artículos antes citados, se informa de los siguientes aspectos:

— La solicitud de autorización del Plan de Restauración fue presentada en esta Dirección General con fecha con fecha 11 de junio de 2019.

— Con fecha 1 de agosto de 2019 esta Dirección General da traslado a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad para su informe previo, el cual emite informe el 2 de diciembre de 2019.

— El órgano competente para la aprobación del Plan de Restauración de la explotación minera es la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

— La propuesta de resolución, de esta Dirección General, al citado Plan de Restauración es su aprobación.

— La toma de vista del expediente podrá realizarse durante el período de información pública, en formato digital, ante el Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la Dirección General de Industria Energía y Minas, sita en la calle Ramírez de Prado, número 5 bis, de Madrid, previa petición de cita en el enlace https://gestiona.madrid.org/CTAC_CITA/dgiem

— El Plan de Restauración y el informe de la autoridad ambiental podrá ser consultado en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid), dentro de la ficha “Estudios de impacto ambiental en información pública de la DGIEM”.

— Quien lo desee podrá formular las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, dirigidas a la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.

El presente Acuerdo tiene carácter de acto de trámite y contra el mismo no cabe recurso alguno en vía administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 14 de enero de 2020.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Gregorio David Valle Rodríguez.

(02/2.579/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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