Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200203-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER LA MALICIOSA

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa. Régimen económico. Presupuesto general

De conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública ha quedado aprobado definitivamente el presupuesto general ordinario para el ejercicio 2020, aprobado inicialmente por la Junta de la Mancomunidad en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2019, así como la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo que acompañan al referido presupuesto.

En consecuencia, se hace público el resumen general a nivel de capítulos de gastos e ingresos del presupuesto aprobado, así como la plantilla de personal que regirá para el presente año 2020.

Plantilla de personal

Personal funcionario:

— Secretario-interventor de la Mancomunidad. Grupo A.1 o equivalente. 1 plaza.

Personal laboral fijo:

— Director/a de Servicios Sociales. Grupo A.1 o equivalente. 1 plaza.

— Coordinador/a de Servicios Sociales. Grupo A.2 o equivalente. 1 plaza.

— Trabajador/a social. Grupo A.2 o equivalente. 9 plazas.

— Educador/a. Grupo A.2 o equivalente. 1 plaza.

— Apoyo técnico. Grupo A.1 o equivalente.1 plaza.

— Psicólogo/a. Violencia de género. Grupo A.1 o equivalente. 1 plaza.

— Técnico/a de la mujer. Grupo A.2 o equivalente. 1 plaza.

— Agente de Empleo y Desarrollo Local. Grupo A.2 o equivalente. 1 plaza.

— Administrativo. Grupo C.1 o equivalente. 2 plazas.

— Auxiliares administrativos. Grupo C.2 o equivalente. 3 plazas.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso- Administrativo de la Comunidad deMadrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Guadarrama, a 22 de enero de 2020.—La presidenta, Ana Paula Espinosa Izquierdo.

(03/2.081/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200203-63