Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2020

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200205-14

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN 4/2020, de 24 de enero, del Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Gimnasia.

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 13/2020, de 23 de enero, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, se aprobó la modificación del artículo 3 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Gimnasia, se dispuso su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y se ordenó la publicación de la modificación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud,

RESUELVO

Disponer la publicación de la modificación del artículo 3 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Gimnasia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contenida en el Anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 24 de enero de 2020.—El Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, Alberto Álvarez Filgueira.

ANEXO

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE GIMNASIA

Artículo 3. Las especialidades deportivas o disciplinas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Gimnasia son las siguientes:

— Gimnasia Artística Masculina.

— Gimnasia Artística Femenina.

— Gimnasia Rítmica.

— Gimnasia Trampolín y sus diversas modalidades.

— Gimnasia Aeróbica.

— Gimnasia para todos.

— Gimnasia Acrobática.

— Gimnasia Estética.

— Gimnasia Parkour.

(03/2.402/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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