Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
10-02-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200210-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

56
Alcalá de Henares número 2. Procedimiento 693/2019

EDICTO

Don Rafael Villalba Bru, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (desahucio precario - 250.1.2) (primera instancia civil) número 693/2019, instados por la procuradora doña Elena María Medina Cuadros, en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., contra ignorados ocupantes de la calle Camarma, número 4, tercero D, de Alcalá de Henares, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 2 de diciembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Elena María Medina Cuadros, en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., frente a los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Camarma, número 4, tercero D, de Alcalá de Henares, debo condenar y condeno a estos a dejar el inmueble libre y expedito, a disposición de la actora, con apercibimiento de que si así no lo hicieran serán lanzados por la fuerza y a su costa.

Se condena en costas a los demandados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, póngase en conocimiento de la parte demandada que solo si presta su consentimiento expreso ante este Juzgado se dará traslado a los Servicios Públicos competentes en materia de política social por si procediera su actuación.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta número 2333-0000-03-0693-19 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2333-0000-03-0693-19.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, ignorados ocupantes de la calle Camarma, número 4, tercero D, de Alcalá de Henares, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcalá de Henares, a 5 de diciembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.319/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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