Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200211-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

28
Cubas de la Sagra. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

El alcalde, con fecha 28 de enero de 2020, ha dictado la resolución número 99/2020 que copiada literalmente dice así:

“El decreto de Alcaldía 2019-0590, de 25 de junio de 2019, venía a establecer las delegaciones genéricas por áreas o materias específicas en los distintos concejales. Posteriormente, el decreto de Alcaldía 2019-0691, de 24 de julio, realiza una modificación de concejalías por razón de la renuncia presentada por uno de los concejales del equipo de gobierno.

Con el objeto de conseguir una mayor eficiencia en la tramitación y concesión de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de todo tipo de licencias, por decreto de Alcaldía número 2019-0901, de 4 de noviembre de 2019, se otorgó una ampliación de las materias a delegadas en la Concejalía de licencias,

Considerando necesario mayor agilidad en los procedimientos administrativos en otras materias

En uso de las facultades que me confieren los artículo 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO

Primero.—Delegar en la Concejalía de Licencias la facultad de dictar actos frente a terceros, para todos aquellos actos de trámite que no sean finalizadores del procedimiento y la concesión de las siguientes licencias:

— Entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

— Licencias de auto-taxi.

Segundo.—Delegar en la Concejalía de Medio Ambiente la facultad de dictar actos frente a terceros para todos aquellos actos de trámite que no sean finalizadores del procedimiento relativos a:

— Inscripciones en el censo de animales domésticos y en el registro de animales potencialmente peligrosos.

— Autorizaciones de quema de restos de poda en suelo urbano.

— Concesión de huertos urbanos.

Tercero.—Delegar en la Concejalía de Comercio la facultad de dictar actos frente a terceros, para todos aquellos actos de trámite que no sean finalizadores del procedimiento relativos a:

— Utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público.

Cuarto.—Delegar en la Concejalía de Servicios la facultad de dictar actos frente a terceros para todos aquellos actos de trámite que no sean finalizadores del procedimiento relativos a:

— Concesión de uso privativo de sepulturas, nichos y columbarios del cementerio municipal.

Quinto.—Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que presente la aceptación de tales cargos, debiendo manifestar, en su caso, la renuncia a los mismos, por escrito, ante esta Alcaldía. Se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa.

Sexto.—Las delegaciones conferidas serán efectivas desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.

Séptimo.—Remitir la presente resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo.

Octavo.—Dar cuenta de la presente Resolución en la primera sesión ordinaria que celebre el Pleno, así como comunicarlo, en extracto, a la Administración Estatal y Autonómica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En Cubas de la Sagra, a 29 de enero de 2020.—El alcalde, Antonio Naranjo Martín.

(03/2.903/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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