Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200211-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Móstoles. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en al artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, y el artículo 20.1, al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaría General del Ayuntamiento de Móstoles se encuentra expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria, en las modalidades de crédito extraordinario y suplemento de crédito número H004/DGP/2020-01 por importe de 2.387.883,10 euros, que afecta al vigente presupuesto que fue aprobado inicialmente por la Corporación Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de febrero de 2020, financiado con bajas en aplicaciones presupuestarias no comprometidas.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

— Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Oficina de presentación: Registro General.

— Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Móstoles, a 5 de febrero de 2020.—La alcaldesa-presidenta (firmado).

(03/4.206/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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