Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200211-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

74
Madrid número 9. Ejecución 288/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 288/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN ANTONIO MORENO MORENO frente a SFS SERVICIOS SL, D./Dña. SERGIO FERNANDEZ SIRVIENTE, SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a catorce de enero de dos mil veinte.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. JUAN ANTONIO MORENO MORENO con la empresa SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES SL, SFS SERVICIOS SL y D. SERGIO FERNANDEZ SIRVIENTE condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 3.655,11 Euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de 2.627,35 Euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2507-0000-64-0288-19.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. SERGIO FERNANDEZ SIRVIENTE, SFS SERVICIOS SL y SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.801/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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