Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200212-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 7 de febrero de 2020 (punto 12), por la que se aprueba la convocatoria general de subvenciones para entidades ciudadanas de la Junta Municipal de Distrito de Loranca correspondiente al ejercicio 2020.

BDNS: 495354

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas que desarrollen proyectos y/o actividades de interés social, en el ámbito territorial de la Junta Municipal de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles y Parque Miraflores (inscritas en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Fuenlabrada y de la Junta de Distrito) y dentro de alguna de las áreas de actuación: Participación Ciudadana, Bienestar Social, Infancia y Juventud, Feminismo y Diversidad, Salud Pública, Educación, Cultura, Mayores, Medio Ambiente y Sostenibilidad. No tendrán la consideración de beneficiarios aquellas entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento.

Segundo. Objeto.—Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social en el ámbito territorial de la Junta Municipal de Distrito de Loranca y dentro de alguna de las siguientes áreas de actuación: Participación Ciudadana, Bienestar Social, Infancia y Juventud, Feminismo y Diversidad, Salud Pública, Educación, Cultura, Mayores, Medio Ambiente y Sostenibilidad.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto.—El importe asignado a estas ayudas asciende a 38.000,00 euros, contabilizado según el siguiente detalle del presupuesto de la Junta Municipal de Distrito.

Para el reparto del crédito se incorporan a la convocatoria los criterios de valoración.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la totalidad en el caso de subvenciones de hasta 6.000,00 euros y el 80 por 100 en el caso de subvenciones de importe superior a 6.000,00 euros (con un importe mínimo de 6.000,00 euros).

Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 30 de enero de 2021, mediante la documentación requerida en la convocatoria (artículo 12).

En Fuenlabrada, a 10 de febrero de 2020.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/4.388/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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