Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200212-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

85
Madrid número 8. Procedimiento 132/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Paz García de Mateos, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social nº 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 132/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de Dña. ELIBASET VAZQUEZ CORDON, frente a GRUPO DE MEDIACION, ASESORAMIENTO Y ORGANIZACION S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimo la demanda formulada por DOÑA ELISABET VÁZQUEZ CORDÓN contra la mercantil GRUPO MEDIACIÓN ASESORÍA Y ORGANIZACIÓN, S.L., y la condeno a abonarle la cantidad de 3.040,62 euros, con el interés del art. 29.3 ET.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del BANCO DE SANTANDER, a nombre de este Juzgado Social Ocho de Madrid con el número de referencia IBAN ES55 0049356992 0005001274, indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2506 0000 67 013219 aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Dº JAVIER CARAZO RUBIO

EL MAGISTRADO

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO DE MEDIACION, ASESORAMIENTO Y ORGANIZACION S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de enero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.820/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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