Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200214-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegaciones competencias

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 13 noviembre 2019 del siguiente literal:

“Don Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.—Atendiendo a las necesidades de la organización municipal y de la gestión de los asuntos de competencia municipal.

En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:

Primero.—Dejar sin efecto la delegación en la Junta de Gobierno Local de fecha 21 junio 2019, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de fecha 11 julio 2019, de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

— La compensación de deudas con terceros.

— La aprobación de convenios de colaboración y cooperación administrativa o análogos con otros organismos o entes públicos o privados o con particulares.

Segundo.—Modificar el decreto de delegaciones en concejales de fecha 21 junio 2019, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de fecha 11 de julio 2019, en los términos que se hacen constar:

1. Dejar sin efecto la delegación en doña Sonia Cirvián Sánchez del ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable, en el Área de Igualdad de Oportunidades:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Igualdad de Oportunidades.

— La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Igualdad de Oportunidades.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Igualdad de Oportunidades.

— La incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Igualdad de Oportunidades.

2. Delegar en doña Cristina Reoyo Cubo del ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación en el Área de Igualdad de Oportunidades:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Igualdad de Oportunidades.

— La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Igualdad de Oportunidades.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Igualdad de oportunidades

— La incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Igualdad de Oportunidades.

3. Delegar en doña Valentina del Campillo Holzwarth del ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación en el Área de Economía y Hacienda Pública:

— La compensación de deudas con terceros.

Cúmplase”.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Villanueva del Pardillo, a 13 de noviembre de 2019.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/3.569/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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