Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200218-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

121
Madrid número 24. Ejecución 260/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 260/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de CAREDA SA frente a D./Dña. BORIS STALIN VERA PALACIOS sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda subsanar la omisión advertida en auto de fecha 20/12/2019, consistente en no incluir el importe que incluye el fallo de la sentencia referente a los intereses de demora al tipo resultante de la aplicación del artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre de 2004, calculados desde el día 11 de mayo de 2018, en los siguientes términos:

“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, CAREDA S.A. frente a la demandada D. Boris Stalin Vera Palacios, parte ejecutada por un principal de 17.886,69 euros, más 715,46 euros y 1.788,66 euros de intereses y costas calculados provisionalmente sin perjuicio de su posterior liquidación”.

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos. Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez.

JACOB JIMENEZ GENTIL

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. BORIS STALIN VERA PALACIOS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.494/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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