Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200219-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

107
Madrid número 20. Procedimiento 779/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 779/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE MANUEL GARCIA ROSADO frente a ROBIN WOOD STAND S.L. y FOGASA sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. JOSE MANUEL GARCIA ROSADO contra LA EMPRESA ROBIN WOOD STAND S.L. y siendo parte FOGASA, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.345,60 euros cantidad a la que será de aplicación el 10% de interés de mora.

En cuanto a FOGASA habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ROBIN WOOD STAND S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución, o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.101/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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