Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200219-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

121
Madrid número 24. Procedimiento 1031/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1031/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. OSCAR MARTINEZ GOMEZ frente a CASDISA DE PROMOCIONES SA, D. JOSE LUIS DELGADO SANCHEZ y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Aclaro la sentencia dictada en este procedimiento de fecha 17 de diciembre de 2019 en los siguientes términos:

En el Fallo donde dice que CONDENO A D. JOSE LUIS DELGADO SANCHEZ a abonar D. OSCAR MARTINEZ GOMEZ la cantidad de “... 1802,72 brutos” con el recargo del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores la indemnización debe decir: “...1854,85 brutos”.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la sentencia a la que se refiere la aclaración.

Así por este mi Auto lo pronuncio y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. JOSE LUIS DELGADO SANCHEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de enero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.216/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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