Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200219-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

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Madrid número 39. Procedimiento 104/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 104/2018 entre British Education Management, S. L. y don Mohammad Yousaf Tuqir y doña Waseem Akhtar, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 315/2019

En Madrid, a 10 de diciembre de 2019.—Vistos por doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 104/2018, seguidos a instancia de la entidad British Education System, S. L. (antes British Eduction Management, S. L.), representada por el procurador don Ramón Rodríguez Nogueira y asistida por la Letrada doña Mercedes Obrero González, frente a don Mohammad Yousaf Tuqir y doña Waseem Akhtar, que fueron declarados en situación de rebeldía procesal, sobre acción personal de reclamación de cantidad por incumplimiento contractual.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de British Education System, S. L. (antes British Eduction Management, S. L.), frente a don Mohammad Yousaf Tuqir y doña Waseem Akhtar, que se mantuvieron en los autos en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, condenar a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 16.117 euros, con los intereses legales desde la interpelación judicial.

Se imponen las costas devengadas en la instancia a la parte demandada.

La presente sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá interponerse por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para recurrir es de aplicación la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Y para que sirva de notificación a doña Waseem Akhtar expido y firmo la presente en Madrid, a 11 de diciembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.100/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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