Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200220-20

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvenciones

Resolución de 7 de febrero de 2020, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se hace pública la relación de resoluciones de justificación de la subvención destinadas a obras de rehabilitación para la mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de las edificaciones.

De acuerdo con el Decreto de 2 de octubre de 2013, de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2013, dirigidas a actuaciones de rehabilitación para la mejora de la Sostenibilidad y Eficiencia Energética de las Edificaciones, debe procederse a la notificación de la justificación a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En consecuencia con lo expuesto, procede adoptar la siguiente resolución:

“Primero.—Publicar la relación de resoluciones dictadas por el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano en los procedimientos de justificación de la subvención correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones 2013 destinadas a obras de rehabilitación para la mejora de la Sostenibilidad y Eficiencia Energética de las Edificaciones (Anexo publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, https://sede.madrid.es), con cargo a la aplicación presupuestaria 001/031/152.20/789.00 “Otras transferencias de capital a familias” del presupuesto municipal para 2019.

Segundo.—Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo imponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno”.

Madrid, a 7 de febrero de 2020.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.

(01/4.421/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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