Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200220-45

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

OFERTAS DE EMPLEO

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Torrejón de Ardoz. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por Decreto del Concejal-Delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de fecha 10 de febrero de 2020, se han aprobado las Bases Específicas por las que se regirá el Proceso Selectivo para proveer, mediante Promoción Interna, de una plaza de funcionario de carrera, Técnico de Administración Especial, Ingeniero/a Civil, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2020, cuyo tenor literal es el siguiente:

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, INGENIERO/A CIVIL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ, MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA

Primera. Objeto

El objeto de las presentes bases es regular el proceso selectivo para la cobertura, por el procedimiento de concurso-oposición en turno promoción interna, de una plaza de funcionario de carrera, Técnico Administración Especial, Ingeniero/a Civil, perteneciente a la Oferta de Empleo Público de 2020 del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

En lo no previsto en estas Bases Específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Generales de Turno Libre y Promoción Interna de Personal Funcionario aprobadas por Decreto del Concejal Delegado de Sanidad, Educación y Administración de fecha 27 de febrero de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 1 de marzo de 2018).

Segunda. Característica de la plaza

La plaza convocada corresponde al Grupo A Subgrupo A1 de clasificación profesional, según lo establecido en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 20 de octubre (en adelante TREBEP), en relación con su Disposición Transitoria Tercera y está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica/Superior, de la plantilla del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Tercera. Requisitos de los/las aspirantes

3.1. Requisitos generales:

a) Pertenecer como funcionario/a de carrera o laboral fijo a la categoría de Técnico Medio subgrupo A2 del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Encontrarse en situación de servicio activo o alguna otra que conlleve el derecho a reserva de puesto de trabajo.

b) Haber prestado servicios en dicha categoría por un período mínimo de 2 años. A esos efectos se computarán los servicios prestados por los/las aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo por la legislación vigente.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Grado en Ingeniería Civil para la plaza de Ingeniero/a Civil. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Cuarta

En lo referente a la presentación de solicitudes y documentos a acompañar a las solicitudes se estará a lo establecido en la base tercera de Bases Generales de Turno Libre y Promoción Interna de Personal Funcionario aprobadas por Decreto del Concejal Delegado de Sanidad, Educación y Administración de fecha 27 de febrero de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 1 de marzo de 2018).

Quinta. Sistema selectivo

La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición en turno de promoción interna.

Sexta. Pruebas selectivas

Sistema selectivo:

El proceso de selección de los/las aspirantes constará de 2 fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

Por razones de eficacia administrativa, entendida esta en su aspecto de buen funcionamiento organizativo del Ayuntamiento, podrá alterarse el orden de celebración de las fases del procedimiento selectivo, según más convenga, siendo el tribunal el encargado de establecer el orden de las fases.

6.1. Fase de concurso:

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar a las pruebas de la fase de oposición.

Serán méritos puntuables:

— Experiencia (máximo 8 puntos):

• Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz realizando funciones de Técnico de Medio Ambiente en régimen laboral o funcionarial: 1,5 puntos por cada seis meses o fracción superior a tres meses.

• Por servicios prestados en cualquiera de las restantes Administraciones Públicas realizando funciones de Técnico de Medio Ambiente en régimen laboral o funcionarial: 0,50 puntos por cada seis meses.

Los méritos relativos a la experiencia profesional en cualquier Administración Pública se acreditarán mediante certificado de funciones en el que conste el tiempo de permanencia, acreditado por el órgano correspondiente con competencias en materia de recursos humanos.

— Formación (máximo 2 puntos):

• Por cada Curso, Congreso, Seminario, Jornadas Técnicas, Másteres u otra Formación Superior directamente relacionados con la especialidad del puesto convocado.

– De 0 a 7 horas: 0,10 puntos.

– De 8 a 10 horas: 0,20 puntos.

– De 11 a 20 horas: 0,30 puntos.

– De 21 a 60 horas: 0,40 puntos.

– De 61 a 99 horas: 0,60 puntos.

– De 100 a 299 horas: 0,80 puntos.

– De 300 o más horas: 1,20 puntos.

• Por cada Curso, Congreso, Seminario, Jornadas Técnicas, Másteres u otra Formación Superior cuyo contenido se considere de aplicación transversal a toda la organización como calidad, prevención de riesgos laborales, promoción de la salud, protección de datos y procedimiento administrativo, etc., así como conocimientos de ofimática, informática e idiomas:

– De 0 a 7 horas: 0,10 puntos.

– De 8 a 10 horas: 0,15 puntos.

– De 11 a 20 horas: 0,20 puntos.

– De 21 a 60 horas: 0,25 puntos.

– De 61 o más horas: 0,30 puntos.

El Tribunal examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente.

No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se apruebe el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de clasificación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.

La calificación de la fase de concurso será la nota obtenida por la suma de los méritos puntuables en esta fase (experiencia y formación) y no tendrá carácter eliminatorio.

6.2. Fase de oposición:

La fase de oposición tendrá un máximo de 10 puntos, esta fase será de carácter obligatorio y eliminatorio y constará de un ejercicio:

— Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico propuesto por el Tribunal que estará relacionado con las funciones de la plaza objeto de la convocatoria.

— Los aspirantes podrán acudir provistos de textos legales y libros de consulta que estimen oportuno, así como calculadora, estando prohibida la consulta por medios telemáticos o informáticos.

— Se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos

Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y para superar el mismo será preciso obtener una calificación mínima de 5 puntos.

Séptima. Calificación definitiva del proceso selectivo

La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso, ordenados de mayor a menor puntuación.

En caso de empate obtendrá el puesto el aspirante que haya obtenido la nota más alta en la fase de concurso. En caso de persistir el empate se recurrirá a la puntuación del ejercicio de la fase de oposición.

Octava

Por decreto de la Alcaldía u órgano en quien delegue se establecerá la composición del órgano de selección que, en todo caso, estará compuesto por un presidente, un secretario y tres vocales.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo.

Novena

Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía.

Tema 2. El municipio: concepto y elementos. El término municipal, la población y el empadronamiento. Organización municipal: órganos de gobierno del Ayuntamiento. Las competencias municipales

Tema 3. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Reglamentos y Ordenanzas Locales: clases y procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 4. La Administración Pública: rasgos característicos. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Tipología de los entes públicos. El principio de legalidad de la Administración. Potestades regladas y potestades discrecionales.

Tema 5. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y la forma del acto administrativo. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

Tema 6. La Administración electrónica: rasgos definitorios y regulación de la Ley 39/2015. La sede electrónica. El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos: principios generales y manifestaciones concretas. Las oficinas de asistencia en materia de registros. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. La presentación de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registros. Términos y plazos: cómputo.

Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: el procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento. Los recursos administrativos: concepto y clases.

Tema 8. El Reglamento General de Protección de Datos: principios generales. Responsables y encargados del tratamiento. El registro de actividades de tratamiento. El Delegado de Protección de Datos: concepto y funciones. Derechos de los afectados. La Agencia Española de Protección de Datos: naturaleza y funciones.

Tema 9. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública.

Tema 10. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Igualdad y medios de comunicación. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.

Temario específico

1. Principales contaminantes del aire: efectos sobre la salud, el clima y el medio ambiente. Fuentes principales de contaminación. Red de vigilancia de contaminación atmosférica de la Comunidad de Madrid.

2. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmosfera. Emisiones a la atmosfera: muestreos y análisis de emisiones. Inmisión a la atmosfera: muestreos y análisis.

3. Directiva 2008/1/CE y la Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación. Principios. Valores límites de emisión. Los permisos integrados de instalación.

4. Plan de la Calidad del aire del ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Anexos.

5. Ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid.

6. Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

7. Residuos de construcción y demolición. Normativa de la Comunidad de Madrid. Otros residuos: neumáticos y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Legislación y gestión.

8. Residuos peligrosos. Definición y caracterización. Gestión de residuos peligrosos y sistemas de control de la gestión. Residuos peligrosos con normativa específica: aceites minerales usados, pilas, baterías y PCB’s: legislación, gestión y control.

9. Reglamento UE 305/2011 de la construcción. El marcado CE. Los eurocódigos.

10. Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Modificaciones.

11. Real Decreto 1627/1997, de 17 de enero, de disposiciones mínimas de seguridad en obras de construcción.

12. Texto refundido de la ley de Aguas.

13. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Autorizaciones y concesiones.

14. Depuración de aguas residuales. Tecnología de la depuración físico-química: pretratamiento y tratamientos primarios. Tecnología de eliminación biológica de nutrientes: tratamientos secundarios. Tecnología del tratamiento terciario: filtración y esterilización.

15. Real Decreto 1620/2007 Reutilización aguas depuradas.

16. Hidrología. Cálculo de avenidas y escorrentías. Tiempo de concentración. Caudal Punta. Periodo de retorno.

17. Estaciones de bombeo. Conceptos básicos. Tipos de bombas: características y selección.

18. Normas para redes de abastecimiento Canal de Isabel II gestión. Criterios de generales de diseño. Trazado. Dimensionamiento hidráulico de conducciones.

19. Normas para redes de saneamiento Canal de Isabel II gestión. Condiciones generales. Definiciones. Criterios generales de diseño. Conducciones. Secciones. Dimensionamiento hidráulico de las condiciones.

20. Normativa del Canal de Isabel II para instalaciones de riego. Plan de reutilización de aguas regeneradas de la Comunidad de Madrid.

21. Los usos del agua. Demandas y balances.

22. Las nuevas fuentes de recursos: reutilización y desalación.

23. El control de la calidad del agua. Vertidos.

24. El medio ambiente en la explotación de los recursos hídricos. Eutrofización de las masas de agua. Caudales ecológicos.

25. Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.

26. Ordenanza sobre protección del paisaje urbano en relación con instalaciones publicitarias del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

27. Redacción de proyectos de obras. Documentos de que constan y contenido. Ejecución de obras. Acta de replanteo, certificaciones, mediciones y acta de recepción. Periodo de garantía de las obras. Obligaciones del contratista.

28. Normativa de seguridad en áreas infantiles de juego. Equipamientos y revestimientos de las superficies absorbedoras de impactos. Aplicación en nuevas instalaciones y en las ya existentes. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

29. Proyectos de obras. Fases de una obra desde su licitación hasta su liquidación definitiva. Modificaciones de obra. Proyectos complementarios.

30. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

31. Ordenanza de Medio ambiente del ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

32. Conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad: la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y la biodiversidad.

33. La normativa de responsabilidad medioambiental. Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

34. Movimientos de tierras. Clasificación y características de los suelos según el PG-3. Compactación. Construcción de explanaciones. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenes todo uno.

35. Plan General de Ordenación Urbana de Torrejón de Ardoz. Implicaciones Medioambientales.

36. Plan parcial soto del Henares. Modificación primera. Modificación segunda. Modificación tercera. Modificación cuarta. Modificación quinta.

37. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Espacios públicos urbanizados y áreas de uso peatonal. Áreas de estancia.

38. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Mobiliario urbano. Obras e intervenciones en la vía pública.

39. Ordenanza de protección contra la contaminación acústica, ruidos, y vibraciones del ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

40. Ordenanza para el cumplimiento de las medidas de eficiencia energética en los edificios municipales y en la vía pública del del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Torrejón de Ardoz, a 10 de febrero de 2020.—El concejal delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración (P. D. de 11 de noviembre de 2019), Valeriano Díaz Baz.

(03/4.383/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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