Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

221
Madrid número 40. Ejecución 13/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Mercedes Llopis Lucas, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n° 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo 13/2020 (Autos 771/2018) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LORENA FLORES MORALES y D./Dña. LORENA FLORES MORALES frente a VELASCO GÓMEZ ASESORES SL se ha dictado Auto de 21/01/2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. LORENA FLORES MORALES, frente a la demandada VELASCO GÓMEZ ASESORES SL, parte ejecutada, por un principal de 6.980,29 euros más 349,01 euros y 698,02 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 4684-000064-0013-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

D./Dña. YOLANDA MARTÍNEZ ÁLVAREZ. EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a VELASCO GÓMEZ ASESORES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 21 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.025/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-221