Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

33
Alpedrete. Organización y funcionamiento. Ordenanza general precios públicos

El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2019, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza general de precios públicos, declarando definitivamente aprobada dicha ordenanza, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2. Procedencia del establecimiento de precios públicos:

2. Actividades puntuales y abonos.

Los usuarios o alumnos admitidos en las distintas actividades estarán obligados a efectuar el pago del importe de la matrícula y/o de la actividad de que se trate mediante documento normalizado al efecto, y de acuerdo con las normas de gestión de cada precio público.

El justificante original del pago se unirá a la documentación necesaria para la matrícula/inscripción, si esta existiera, como requisito para su realización.

3. En caso de baja justificada se atenderá a las normas de gestión de cada precio público”.

“Artículo 5. Normas de gestión.—Las normas de gestión serán las que se regulen en las normas del establecimiento de cada precio público”.

“DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada la ordenanza de precios públicos por prestación de servicios de carácter cultural”.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alpedrete, a 10 febrero de 2020.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.

(03/4.417/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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