Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2020

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-62

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

62
Madrid. Sección Décima. Recurso 886/2019

Sección Décima

EDICTO

Dña. Mª ISABEL ALONSO GRAÑEDA, Letrado/a de la Admón. de Justicia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid,

Hago saber: Que en este Tribunal se sigue el Recurso de Apelación número 886/2019 a instancia del/ de la Procurador Dña. MARIA CONCEPCION DELGADO AZQUETA en nombre y representación de Dña. MERCEDES SEN NOVILLO contra BANCO DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. siendo demandado declarado en rebeldía procesal D ALFREDO POYO LEIVA sobre Resolución contractual, en el que se ha dictado sentencia en fecha 18/12/2019, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 618/2019

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D./Dña. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ.

D./Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

D./Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ.

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.

La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 270/2018 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 06 de Leganés a instancia de D./Dña. MERCEDES SEN NOVILLO apelante - demandada, representada por el/la Procurador D./Dña. MARIA CONCEPCION DELGADO AZQUETA y defendida por Letrado, contra BANCO DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. apelado - demandante, representado por el/la Procurador D./Dña. MANUEL DIAZ ALFONSO y defendido por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 11/02/2019.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

FALLAMOS

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Carlos Martín Martín en representación de Dª Mercedes Sen Novillo, frente a la sentencia dictada el día 11 de febrero de 2019 por la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Leganés en los autos a que el presente rollo se contrae, debemos confirmar y confirmamos la resolución indicada e imponemos a la parte apelante las costas procesales causadas en esta instancia.

Remítase testimonio de la presente Resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y efectos.

MODO DE IMPUGNACION: Contra esta Sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en BANCO DE SANTANDER, con el número de cuenta 2577-0000-00-0886-19, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala nº 886/2019, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D ALFREDO POYO LEYVA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497, 2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, debiendo practicarse dicha publicación de oficio, sin devengo de tasas toda vez que la parte apelante tiene reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita en el presente procedimiento.

En Madrid a diez de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

Fdo.: D./Dña. Mª ISABEL ALONSO GRAÑEDA

(03/4.500/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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