Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Madrid número 80. Procedimiento 359/2019

EDICTO

Doña Ángeles Garrigos Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 359/2019, instados por la procuradora doña María Ibáñez Gómez, en nombre y representación de doña Soraya Abad Barrado, contra don Luis Fernando Roldán Mejía, en los que se ha dictado en fecha 18 de diciembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Soraya Abad Barrado, representada por la procuradora de los tribunales doña María Ibáñez Gómez, contra don Luis Fernando Roldán Mejía, en rebeldía, declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio contraído por los litigantes el 14 de noviembre de 2006.

1. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2. La disolución del régimen económico matrimonial.

3. No ha lugar a adoptar ninguna otra medida.

Todo ello sin expresa imposición de las costas causadas.

Expídase el oportuno despacho para la comunicación y anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio, en el Registro Civil correspondiente

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, siendo competente para conocer del mismo la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Luis Fernando Roldán Mejía, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 18 de diciembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.214/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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