Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2020

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200224-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

30
ADENDA de 15 de enero de 2020, al convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Pequeño Deseo, para el desarrollo de actividades de apoyo emocional mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDOS

De una parte, don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante el Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el 4.3 a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Viceconsejera de Asistencia Sanitaria, nombrada mediante Decreto 249/2019, de 24 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3 b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 1 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud y el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen Jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud. De conformidad asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria determinadas competencias, ratificado en su reunión de 7 de octubre de 2015.

Y de otra parte, don Ignacio Orive Martín, actuando en nombre y representación de la Fundación Pequeño Deseo, con domicilio social en Madrid (28009), calle Ibiza, número 4, piso 4º C y NIF número G82585787, en calidad de presidente de la misma, en virtud de poder suficiente para el presente acto según el artículo 15 de sus estatutos.

MANIFIESTAN

Primero

Qué las partes suscribieron convenio en fecha 11 de julio de 2019 para el desarrollo de actividades de apoyo emocional de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

Segundo

Qué el convenio prevé expresamente la posibilidad de ampliación de los centros en los que se aplica el mismo, contenidos en el Anexo I, lo que no supone modificación del objeto del convenio.

Tercero

La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio extender su implantación al Hospital Universitario Clínico “San Carlos”

Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente

CLÁUSULA ÚNICA

Se amplía la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio suscrito entre las partes en fecha 11 de julio de 2019 para la realización de actividades en los centros sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes hospitalizados, y se extiende su implantación al centro Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:

ANEXO I

RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO

Hospital Universitario “La Paz”.

Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.

Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.

Hospital Universitario “Ramón y Cajal”.

Hospital Universitario “12 de Octubre”.

Hospital Universitario Clínico “San Carlos”.

Los centros del anexo I podrán ampliarse o reducirse por voluntad de las partes, quedando sujetos a todas las estipulaciones de este convenio.

En prueba de conformidad, se firma en Madrid el presente adenda.

En Madrid, a 15 de enero de 2020.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por la Fundación Pequeño Deseo, el Presidente, Ignacio Orive Martín.

(03/4.619/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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