Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200225-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

33
Arganda del Rey. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria de Ayudas para Promoción Cultural del Alumnado de Arganda del Rey en el curso 2019-2020.

BDNS: 496427

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Personas físicas pertenecientes a familias empadronadas en Arganda del Rey, en calidad de progenitor/a tutor/a de alumnos, o los propios alumnos en caso de ser mayor de edad, que estén matriculados durante el curso escolar 2018/2019 en alguno de los estudios previstos en la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Ayudas para colaborar con los gastos derivados de la educación del alumnado de la Escuela Municipal de Música y Danza de Arganda, la Escuela Oficial de Idiomas y las actividades culturales en horario no lectivo.

Tercero. Bases reguladoras.—Programa Municipal de Ayudas para la Promoción Cultural del Alumnado de Arganda del Rey:

https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/RecursosWeb/ DOCUMENTOS/1/0_21651_1.pdf

Cuarto. Cuantía.—Importe total de la convocatoria 15.000 euros. Número máximo de beneficiarios 1.500.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Hasta el día 16 de marzo de 2020.

Arganda del Rey, a 12 de febrero de 2020.—El concejal-delegado de Bienestar Social, Transparencia y Participación Ciudadana, Francisco Javier Rodríguez Gallego.

(03/5.512/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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