Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200225-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

URBANISMO

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Colmenarejo. Urbanismo. Deslinde finca

El Pleno del Ayuntamiento de Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2019, aprobó inicialmente el expediente de deslinde de la finca denominada “Pozo de la Higuera”, parcela 21 del polígono 5 del Catastro de Rústica, sita en esta localidad, al objeto de fijar sus límites exactos en su lindero oeste con el camino del Cerro del Madroñal P-9001, de titularidad municipal, a instancia de don Pablo Perales Fraile.

Parcela inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de San Lorenzo de El Escorial. Finca registral número 646, al tomo/libro 2454, folio 130. Los linderos según catastro son: con parcela 40 del polígono 5 de titularidad: Herederos de doña Claudia Gala; con parcela 20 del polígono 5 de titularidad: doña Francisca García Elvira; con parcela 36 de polígono 5 de titularidad: doña María Cristina Elvira Elvira; y con parcela 9001 Camino del Cerro de Madroñal de titularidad municipal.

Las labores de deslinde comenzarán el día quinto día hábil siguiente a la finalización del plazo de sesenta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de deslinde en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se fija el comienzo de las operaciones a las nueve horas en el Camino del Cerro del Madroñal junto a la parcela 21.

Dicho expediente estará expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante el plazo de sesenta días, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https:// www.ayto-colmenarejo.com).

Los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes a la prueba y defensa de sus derechos hasta los veinte días anteriores al comienzo de las operaciones de deslinde, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.

El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.

Colmenarejo, a 12 de febrero de 2020.—El cuarto teniente de alcalde y concejal-delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, Personal, Régimen Interno, Patrimonio, Informática y Administración Electrónica (decreto de delegación número 600/2019, de 9 de agosto), Luis María Gómez de Agüero Ormaza.

(02/4.894/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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