Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200226-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

115
Madrid número 12. Procedimiento 162/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 162/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FLORENTINO MARTIN SANCHEZ frente a MARSEGUR SEGURIDAD PRIVADA SA y PLUTA ABOGADOS Y ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia en fecha 21/10/2019 que en su encabezamiento y fallo dice:

“En la ciudad de Madrid, a 21 de octubre de 2019.

Vistos por el Ilmo. Sr. D Jesús Andrés Nevado Nevado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid los presentes autos nº 162/19, seguidos entre partes, como demandante D. Florentino Martín Sánchez, frente a Marsegur, Seguridad Privada, S. A., Administrador Concursal Pluta Abogados y Administradores Concursales y FOGASA; sobre reclamación de cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 322/2019

(...)

FALLO

Que, con estimación íntegra de la demanda formulada por D. Florentino Martín Sánchez, frente a Marsegur Seguridad Privada, S. A., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2463,99 euros, así como al pago del interés moratorio del artículo 29.3 ET. Debe condenarse asimismo al Administrador Concursal codemandado, a los efectos previstos en la Ley Concursal.

Asimismo debo condenar y condeno de forma subsidiaria al FOGASA, dentro de los límites establecidos en el artículo 33 ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MARSEGUR SEGURIDAD PRIVADA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.691/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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