Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200226-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

175
Madrid número 32. Ejecución 211/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Fojón Chamorro, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 211/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NADIA PADILLA MARQUEZ frente a ENOKORE RESTAURACION S.L. y BOSQUE BLANCO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PROVIDENCIA

ILMO. SR/A. D./Dña. Mª LUISA GIL MEANA

En Madrid, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.

Estando debidamente citado el BOSQUE BLANCO, S.L, a la celebración de la comparecencia que se ha celebrado el día de hoy, por posible sucesión empresarial, y dada su incomparecencia y por tanto su no oposición a las alegaciones del ejecutante, síganse las actuaciones ejecutivas contra dicha empresa.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2805-0000-64-0211-18.

Lo manda y firma S. Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BOSQUE BLANCO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.655/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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