Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200226-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

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Madrid número 47. Procedimiento 732/2019

EDICTO

Don Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal de desahucio precario (250.1.2) (primera instancia civil), número 732/2019, instados por el procurador don Miguel Ángel Montero Reiter, en nombre y representación de Coral Homes, S. L. U., contra ignorados ocupantes calle Sodio, número 3-A, piso cuarto, puerta 9, de Madrid, en los que se ha dictado, en fecha 28 de noviembre de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Miguel Ángel Montero Reiter, en representación de la mercantil Coral Homes, S. L. U., contra ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Sodio, número 3-A, piso cuarto, puerta 9, de Madrid, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de los mismos por estar en situación de precario, imponiendo a la parte demandada las costas del procedimiento.

Esta sentencia no es firme y, contra la misma, cabe recurso de apelación, a interponer por escrito antes este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes de la necesidad de constituir depósito de 50,00 euros para interponer recurso de apelación contra la presente sentencia, debiendo en su caso acompañar al escrito de interposición del mismo el resguardo acreditativo del ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en el cual se deberá indicar el código 02, haciendo constar que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Habiéndose declarado en rebeldía a los ignorados ocupantes de la calle Sodio, número 3-A, piso cuarto, puerta 9, de Madrid, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal

En Madrid, a 12 de diciembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/97/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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