Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200226-97

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

97
Madrid número 4. Procedimiento 662/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 662/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALFREDO ELOY GONZALES SALCEDO frente a MADRE HIZO PAN SL, FOGASA, sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que ESTIMANDO parcialmente la demanda interpuesta por D. Alfredo Eloy Gonzáles Salcedo contra Madre Hizo Pan, S.L.:

1.- Declaro IMPROCEDENTE el despido de D. Alfredo Eloy Gonzáles Salcedo, así como extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la fecha de esta resolución.

2.- Condeno a Madre Hizo Pan, S.L., a pagar a D. Alfredo Eloy Gonzáles Salcedo las siguientes cantidades:

- 4.310,49 euros en concepto de indemnización por despido.

- 9.985,94 euros euros por salarios de tramitación.

- 671,70 euros en concepto de indemnización complementaria equivalente a quince días de salarios por la falta de la concesión del preaviso.

- 3.843,10 euros por retribuciones debida, más el 10% de interés por mora.

3.- Condeno a FOGASA a estar y pasar por tales declaraciones, con el límite de la responsabilidad legalmente establecida.

MODO IMPUGNACION: Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación, designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar en la cuenta de depósito y consignaciones judiciales la cantidad de 300 euros -n.º 2502-0000-61-0662-19 del BANCO DE SANTANDER-, aportando resguardo acreditativo (arts. 194 y 229 LRJS).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MADRE HIZO PAN SL, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.665/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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