Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2020

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200228-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8

108
Madrid número 8. Procedimiento 100/2016

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 100/2016 entre doña María del Mar Puig Turienzo y doña María Pilar Santander Sánchez y Fontanería y Calefacción Santander, S. L., en reclamación de 17.198,53 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 465/2019

La juez/magistrada-juez, doña María Victoria Muñoz González.—Madrid, a 30 de diciembre de 2019.

Vistos por mí, doña María Victoria Muñoz González, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado, en juicio oral y público, los autos de procedimiento ordinario registrados entre los de su igual clase con el número 100/2016, en los que ha sido parte demandante doña María del Mar Puig Turienzo, representada por la procuradora señora Centoira Parrondo y defendida por letrado, contra Fontanería y Calefacción Santander, S. L., y doña María del Pilar Santander Sánchez, que han sido declarados en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por doña María del Mar Puig Turienzo, frente a Fontanería y Calefacción Santander, S. L., y doña María del Pilar Santander Sánchez, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de 17.198,53 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la interposición de la demanda, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4345-0000-04-0100-16 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de lo mercantil número 8 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 4345-0000-04-0100-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La juez/magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a doña María Pilar Santander Sánchez y Fontanería y Calefacción Santander, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 2 de enero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.717/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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